REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA “EQUINOFORMACIÓN”
En base a lo establecido en el artículo 6, apartado j), de los Estatutos de la Asociación Española de Equinoformación, con la finalidad de velar por la correcta utilización y buen uso profesional del nombre “Equinoformación”, y según acuerdo adoptado por la Junta Directiva, se redacta el presente Reglamento de Uso, que establece las condiciones para la utilización de la Marca Nacional Colectiva, registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas, título de propiedad número 2977459.
Personas Autorizadas a utilizar la Marca:
Podrán utilizar la marca “Equinoformación”:
- Los Miembros Titulares, que acrediten haber realizado la formación en liderazgo natural, desarrollo personal y emocional, asistida con caballos, correspondiente. Dicha formación deberá haberse realizado en algún Centro Avalado - Train the Trainer (Formador de Formadores), certificado por la Asociación Española de Equinoformación.
Los centros que impartan las enseñanzas en liderazgo natural, desarrollo personal y emocional, asistidas con caballos, a los que la A.E.E.F., haya otorgado la certificación “Centro Avalado - Train the Trainer”.
Condiciones de uso de la marca:
Las personas u organizaciones que utilicen la marca deberán fomentar y potenciar el desarrollo personal y organizacional asistido con caballos. Velar por la correcta utilización y buen uso profesional del nombre de “Equinoformación”, la correcta aplicación y utilización ética de sus técnicas y del uso adecuado y cuidado de los animales utilizados para las actividades formativas.
Podrá usarse en el diseño, organización, realización y evaluación de actividades de Equinoformación, la realización de guías metodológicas y recursos didácticos en todo tipo de soportes, y para la promoción y obtención de medios para facilitar la formación y el perfeccionamiento de los conocimientos de la Equinoformación, una vez revisado y aprobado por la Junta Directiva, como requisito previo a la publicación y/o difusión de la marca.
Sanciones que podrán imponerse:
Las personas u organizaciones que utilicen la marca, sin cumplir con los requisitos establecidos en el presente Reglamento, serán requeridas a dejar de utilizarla de inmediato. Asimismo, será motivo de Separación Ejecutiva de la Asociación, de forma inmediata, y no será necesaria la instrucción previa de expediente disciplinario, siendo comunicada la resolución mediante escrito firmado por la Junta Directiva.
Si persistieran en el uso de la marca, lo hicieran de forma fraudulenta, o perjudicaran gravemente la imagen de la Asociación, se procederá a la reclamación por daños y perjuicios a que diera lugar, interponiéndose demanda ante los tribunales de Justicia competentes a tal efecto.